CIRCULAR 11/2026: NOVEDADES ARQUITECTOS PERITOS

lunes, julio 20, 2026

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COALZ Espejo
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El Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote analiza y traslada a todos los colegiados las importantes novedades introducidas por la Ley Orgánica 1/2025 en materia de peritaje judicial.

La reforma modifica, entre otros aspectos, el artículo 340.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y supone un cambio relevante en la regulación y funcionamiento de los peritos judiciales. A partir de 2026 ya no es suficiente poseer una titulación adecuada para ejercer como perito, sino que además será necesario acreditar una verdadera condición de experto en la materia sobre la que se informa.

El principal cambio introducido por la reforma es el refuerzo de la acreditación profesional del perito. Antes bastaba con disponer de un título universitario relacionado con el área objeto de la pericia; ahora la ley exige que el profesional pueda demostrar especialización, experiencia y competencia técnica concreta. Esto implica un cambio cualitativo importante, ya que el perito deja de ser únicamente un profesional titulado para convertirse en un experto acreditado.

La reforma también incrementa la exigencia de especialización técnica en la prueba pericial. Se pretende garantizar que los informes judiciales sean elaborados por profesionales con conocimientos específicos y experiencia verificable en la materia concreta del litigio. En consecuencia, adquieren mayor relevancia elementos como el currículum profesional, la formación especializada, las certificaciones, los cursos técnicos y la experiencia previa acreditada. Los órganos judiciales valorarán cada vez más estos méritos para determinar la idoneidad del perito.

Otro de los objetivos fundamentales de la reforma es la profesionalización de la función pericial. La Ley Orgánica 1/2025 busca elevar la calidad técnica de los informes y reforzar su valor probatorio dentro del proceso judicial. El perito pasa a ser considerado un profesional altamente cualificado, con un perfil similar al de un experto certificado. De esta forma, se pretende aumentar la fiabilidad, objetividad e imparcialidad de la prueba pericial, contribuyendo a una mayor seguridad jurídica y a una mejora en el funcionamiento de la justicia.

La reforma también tiene consecuencias directas sobre los listados y sistemas de designación de peritos judiciales. Los registros gestionados por plataformas como PERIT@ deberán incorporar únicamente profesionales realmente especializados y cualificados. Se incrementará el control sobre la idoneidad y los méritos de los candidatos, lo que posiblemente reducirá el acceso de personas sin experiencia acreditada o sin formación específica suficiente.

Estas modificaciones se enmarcan en un proceso más amplio de modernización y eficiencia del sistema judicial español. La Ley Orgánica 1/2025 pretende mejorar la calidad de las pruebas judiciales y profesionalizar a todos los intervinientes en el proceso.

A partir de esta ley se redactó la Instrucción 1/2026 del Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias regula la formación y gestión de los listados de peritos judiciales mediante el aplicativo PERIT@, convirtiéndolo en la herramienta digital única y obligatoria para todos los órganos judiciales de Canarias. Su finalidad es modernizar y unificar el sistema de designación de peritos, garantizando mayor transparencia, objetividad, trazabilidad y eficiencia en todo el proceso judicial relacionado con la prueba pericial.

La instrucción establece que los listados de peritos deben elaborarse anualmente y ser remitidos por colegios profesionales, asociaciones y entidades especializadas. Estos listados deben contener información completa y verificada de cada profesional, incluyendo datos identificativos, especialidad, ámbito territorial, disponibilidad y acreditación de su capacitación profesional. Con ello se pretende asegurar criterios homogéneos y una mayor calidad técnica de los peritos designados.

PERIT@ centraliza toda la gestión de los peritos judiciales. A través de esta plataforma se realizan el alta y actualización de datos, la consulta de listados y la designación automatizada de peritos. El sistema cuenta con acceso restringido y autenticado, integra mecanismos de registro de actuaciones y se conecta con otros sistemas judiciales, permitiendo un control completo y trazable de todas las actuaciones realizadas.

La instrucción también regula aspectos relacionados con el control y seguimiento de la actividad pericial. PERIT@ permite realizar auditorías, supervisar las designaciones y generar estadísticas e informes de actividad. Además, se establecen estrictas garantías de protección de datos, limitando el acceso a la información según perfiles autorizados y destinando el uso de los datos exclusivamente a fines judiciales.

En cuanto a la presentación de informes periciales, estos deberán remitirse obligatoriamente a través de la Sede Judicial Electrónica de Canarias en formato PDF, con reconocimiento OCR y firma digital.

Finalmente, la instrucción prevé una implantación progresiva de PERIT@, sustituyendo gradualmente los sistemas tradicionales de gestión de peritos. Con ello se consolida un modelo digital más eficiente, transparente y controlado dentro de la Administración de Justicia.

Fdo.: Maximiliano Valero Padilla, Arquitecto

Tesorero del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote

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