CIRCULAR 14/2025: Aplicación de la conocida como “LEY ANTIFRAUDE” Ley 11/2021
Estimado/a Colegiado/a,
Ante la aplicación de la conocida como “LEY ANTIFRAUDE” Ley 11/2021, que establece que el 25/07/2025 será la fecha límite para que todos los fabricantes de software adapten sus programas de facturación, desde el COALZ queremos informarle de la necesidad de ser aún más rigurosos en todo lo referido a la emisión de facturas.
Por este motivo, las facturas emitidas por este Colegio no podrán sufrir modificaciones, salvo en casos muy justificados, por lo que le agradeceremos que, en la medida de lo posible, ponga especial cuidado a la hora de detallar, en las Comunicaciones de Encargo que remita al COALZ, a quien facturar los gastos de visados de los expedientes.
Las facturas emitidas se remitirán a Hacienda de forma automática por lo que, en aras de evitar quebrantos, tanto a sus promotores como a usted mismo/a, le trasladamos esta información que esperamos encuentre útil.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Fdo.: Maximiliano Valero Padilla, Arquitecto
Tesorero del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote
