CIRCULAR 35/2021: Sentencia del Tribunal Supremo sobre competencias LOE
Estimado/a Colegiado/a,
Por medio de la presente les traslado Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Tercera, Sentencia Nº1464/2021 en el que se ha estimado recurso de casación interpuesto por el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España y Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de España, relativa a las competencias en la elaboración de Informes de Inspección Técnica y Evaluación de Edificios Residenciales.
Se trata de una Sentencia trascendente porque reafirma la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) y las reservas de actividad y las extiende a todos los Informes y Certificaciones sobre aspectos de Seguridad y Habitabilidad.
Esta Sentencia es concluyente al establecer que las Ingenierías tienen limitado su campo de actuación al propio de sus especialidades, y es por ello que en el ámbito residencial los Ingenieros Industriales carecen de competencia.
Es importante que los colegiados y colegiadas conozcan esta Sentencia en pro de la defensa de los intereses de nuestro colectivo.
Se adjunta Sentencia del Tribunal Supremo Nº 1464/2021, de fecha 13 de Diciembre del 2021.
Reciban un cordial saludo.
Fdo.: Miguel Ángel Fontes Figuera, Arquitecto.
DECANO del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote