Circular 51/2020: Ampliación de la bonificación del 100% en el visado de Proyectos en edificaciones catalogadas
Estimado/a Colegiado/a,
Desde la constitución del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote; ha existido una apuesta firme por la Rehabilitación del Patrimonio.
El pasado miércoles 16 de Diciembre del 2020, la Asamblea del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote aprobó por UNANIMIDAD la propuesta presentada por la Junta de Gobierno; en el que se acordó la AMPLIACIÓN por un año más de la bonificación del 100% del precio de visado de Proyectos de Rehabilitación del Patrimonio cuyos inmuebles estén recogidos en un Catálogo Arquitectónico Municipal. Con esta bonificación cumpliremos 3 años ininterrumpidos de bonificaciones al Patrimonio.
Para el próximo año 2021, la Junta del COALZ solicitó a los colegiados el APOYO para seguir con esta apuesta firme y responsable sobre el Patrimonio Arquitectónico Insular, y es por ello que propuso a la Asamblea AMPLIAR la bonificación hasta un 100% del precio del Visado durante el año 2021 de aquellos Proyectos de Mantenimiento, Restauración, Reforma, Reestructuración, Rehabilitación y Consolidación sobre Edificaciones Catalogadas; propuesta que fue aprobada en la pasada Asamblea.
La propuesta de AMPLIACIÓN DE BONIFICACIÓN DEL 100% EN EL PRECIO DEL VISADO DE AQUELLOS PROYECTOS DE MANTENIMIENTO, RESTAURACIÓN, REFORMA, REESTRUCTURACIÓN, REHABILITACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE EDIFICACIONES CATALOGADAS, aprobada por UNANIMIDAD en la Asamblea de fecha 16 de Diciembre de 2020, refuerza la línea implantada por la Junta del COALZ sobre el mantenimiento, recuperación y protección de nuestro Patrimonio.
El periodo de dicha bonificación se ha establecido para aquellos proyectos presentados a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2021. Para poder acogerse a la bonificación la solicitud debe presentarse en el mismo periodo.
Como requisitos para poder acogerse a esta bonificación, se debe aportar:
01.- Modelo de solicitud (que podrá descargar de la página web del COALZ).
02.- Cédula Urbanística expedida por el Ayuntamiento correspondiente donde quede debidamente acreditado que el inmueble para el cual se solicita el visado forma parte del Catálogo Arquitectónico Municipal. (Según lo estipulado en el artículo 328 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias; publicado en el BOC nº 138 de 19 de julio de 2017; la vigencia de la cédula urbanística será de un año salvo que con anterioridad a su vencimiento se produjera un cambio normativo o de ordenación que alterara los términos consignados en la misma, en cuyo caso su vigencia cesará con la entrada en vigor de la nueva ordenación).
Por último, agradecer el apoyo unánime de los Colegiados para sacar adelante esta propuesta.
Fdo.: Miguel Ángel Fontes Figuera, Arquitecto.
DECANO del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote