El Cabildo de Lanzarote publica en el BOP las nuevas Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales

martes, agosto 11, 2020

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  • El plazo para presentar alegaciones comienza este lunes 10 de agosto y finalizará el próximo 22 de septiembre
  • El texto presenta novedades con respecto a las anteriores bases, como nuevas modalidades subvencionables o la posibilidad de ampliar del plazo de ejecución a dos años 
  • El documento recibió el apoyo de todos los grupos políticos en el último pleno de la Corporación 
  • Además, se adaptan a las leyes 39/2015 y 40/2015 de Procedimiento Administrativo Común y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

El Cabildo de Lanzarote publicó el pasado viernes 7 de agosto, en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), las Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales. 

Los interesados en presentar alegaciones al documento dispondrán de un plazo de 30 días hábiles para hacerlo, contando desde el día siguiente a su publicación, por lo que el plazo comienza hoy lunes 10 de agosto y finalizará el próximo martes 22 de septiembre, inclusive. 

Nuevas modalidades subvencionables y ampliación del plazo de ejecución a dos años

Estas Bases Reguladoras de las Subvenciones a Proyectos Culturales del año 2020 presentan varias novedades con respecto a las bases de los años anteriores. Tal como recuerda Alberto Aguiar, consejero de Cultura del Cabildo de Lanzarote, quizás la principal novedad sea su adaptación al marco normativo establecido por la Ley39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

Ambas leyes regulan, entre otras cosas, la concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva por parte de las administraciones. 

También se amplían las modalidades subvencionables, pasando de tres a cuatro modalidades. Se añade la modalidad de “Adquisición de vestimenta e instrumentos musicales para formaciones musicales folclóricas y de música académica, asociadas al desarrollo de un proyecto que lo justifique”.

Esta modalidad se suma a las ya existentes de “Publicación en soporte físico o digital de proyectos artísticos, literarios y/o de estudios sobre patrimonio artístico-cultural de Lanzarote”; la “Producción y ejecución de actividades artístico-plásticas, musicales escénicas o de videocreación, así como proyectos formativos sobre las artes y la cultura en Lanzarote”; y los “Desplazamientos y alojamientos derivados de los proyectos culturales producidos en Lanzarote por agentes o creadores insulares, y que vayan a desarrollarse, exhibirse o ponerse en escena fuera de la isla, debiendo ser acciones culturales abiertas al público”. 

Otra de las novedades es la ampliación del plazo de ejecución que permite que, según lo que se decida en cada convocatoria, pueda ampliarse a dos años y no quede circunscrito exclusivamente al año en el que se convocan.

También se establece como novedad la posibilidad de pode contar con una entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones, tal como establece el artículo 12 de la Ley 28/2003 General de Subvenciones. 


Fuente: Cabildo de Lanzarote

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