Convocatoria de elecciones a la Junta de Gobierno del COALZ – 30 de julio de 2020

lunes, junio 29, 2020

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Estimado/a Colegiado/a,

Adjunto se traslada, para general conocimiento, Convocatoria de Elecciones Ordinarias para dar cobertura a los cargos de la Junta de Gobierno del COALZ (Segunda Legislatura: Período 2020-2023), a celebrar el próximo  30 de JULIO DEL 2020.

En cumplimiento del Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 01 de Junio del 2020 y de conformidad con el artículo 51.1 del Estatuto de Estatuto Particular del COALZ (BOC nº 245, de 22 de diciembre del 2017) se CONVOCA las Elecciones para cubrir los cargos de Decano, Secretario, Tesorero y Vocal de la Junta de Gobierno del COALZ, que se celebrarán el próximo día jueves 30 de JULIO DE 2020, en la sede del COALZ en Arrecife, verificándose la votación desde las 10:00 horas, momento en que quedará constituida la Mesa Electoral, hasta las 17:00horas.

Debiendo tenerse presente, a efectos de la conformación de las candidaturas, las siguientes previsiones estatutarias específicas relevantes las siguientes:

Artículo 47.- Provisión de cargos.

47.1. Los cargos que integran la Junta de Gobierno serán elegidos por sufragio universal, igual, libre y secreto entre todos los colegiados del COALZ con derecho a voto.

47.2. La duración del mandato de los cargos colegiales será de tres años, pudiendo ser reelegidos sus titulares, con excepción del cargo de Decano que sólo podrá serlo por dos mandatos consecutivos, salvo que se den las circunstancias del artículo 51.8.

Artículo 49.- Candidatos.

49.1. Podrán ser candidatos a los Órganos de Gobierno del COALZ, los colegiados, que, reuniendo las condiciones de elector y de residencia establecidas en este Estatuto, cumplan además los siguientes requisitos:

a) Hallarse en el pleno ejercicio de sus derechos colegiales.

b) No haber sido objeto de sanción disciplinaria firme dentro de los cuatro años precedentes, salvo que se trate de Apercibimiento por oficio, en cuyo caso dicho plazo se reducirá a un año.

49.2. Un mismo candidato podrá exclusivamente figurar en una sola candidatura.

Debiendo tenerse presente, a efectos de procedimiento electoral , las siguientes previsiones estatutarias específicas:

Artículo 51.- Convocatoria.

51.1. Las elecciones a los cargos de Junta de Gobierno se convocarán, por acuerdo de ésta, con treinta días de antelación, como mínimo, a la fecha de su celebración.

51.2. Las candidaturas a los cargos electivos de Junta de Gobierno lo serán por listas abiertas, pudiendo ser completas o incompletas. Solo podrá proponerse un candidato por cargo en cada candidatura.

51.3. Las candidaturas deberán estar avaladas con la firma de como mínimo el cinco por ciento de los colegiados, excluidos los propios candidatos

51.4. Las candidaturas se presentarán en la Secretaría de los Colegial correspondientes con al menos 15 días de antelación a la fecha de celebración de la elección (plazo que concluirá el 15 de Julio del 2020, hasta la hora de cierre de la Oficina Colegial), redactadas por escrito y estructuradas en dos partes, de modo que en la primera figuren tres columnas para la constancia sucesiva de: los cargos, los candidatos, y la firma de estos en señal de aceptación, y en la segunda se contengan la firma y número de colegiado de los proponentes y cuanto se quiera expresar en relación con las intenciones o programa de gobierno de los candidatos.

51.5. La Junta de Gobierno, dentro de los ocho días siguientes al término de presentación de candidaturas, proclamará candidatos a quienes reúnan los requisitos exigidos.

51.6. Proclamados los candidatos, la Secretaría colegial confeccionará una relación con la copia literal de todas las candidaturas presentadas y las remitirá a los respectivos electores con las instrucciones para la emisión del voto por correo.

51.7. De existir para cualquier cargo un solo candidato, este será proclamado electo, sin que proceda abrir votación para el mismo.

51.8. De quedar cargos vacantes por falta de candidatos, la Junta de Gobierno convocará, en plazo de 30 días, nuevas elecciones, manteniéndose en funciones los titulares de los cargos correspondientes hasta que los mismos sean cubiertos. En el segundo proceso electoral a los cargos electivos de la Junta de Gobierno se suprimirá el límite de duración del mandato al cargo de Decano, pudiendo volver a presentarse de quedar vacante este cargo.

Estatuto de Estatuto Particular del COALZ (BOC nº 245, de 22 de diciembre del 2017)

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.1 de los Estatutos Particulares, la Junta de Gobierno ha acordado la composición de la Junta Electoral que queda integrada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del EP, por los siguientes colegiados.

PresidenteD. Miguel Angel Armas Matallana. Col. 138.
Escrutador 1Dª. María Almudena Arteta Col. 2.516
Escrutador 2 SecretarioD. José María Pérez Sánchez. Col. 3.404

La Junta electoral ejercerá las funciones establecidas en el artículo 52.2 del Estatuto Particular.

En Arrecife, a 29 de Junio del 2020.

Fdo.: Miguel Angel Fontes Figuera, Arquitecto.
DECANO del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote


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